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Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Euskadi (OARC)

Servicios de transporte escolar con vehículos de una capacidad superior a nueve plazas incluida la del conductor a los centros dependientes del Departamento Educación sitos en los Territorios Históricos de Araba, Gipuzkoa y Bizkaia. Para los cursos escolares 2018-2019

Resolución
8/2017
Fecha
30/01/2017
Órgano de contratación
Gobierno Vasco

Resumen del tribunal

Resumen generado automáticamente a partir del documento del tribunal; puede contener errores. Lo que vale es la resolución.

La resolución 8/2017 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Euskadi estima parcialmente el recurso interpuesto frente a los pliegos del contrato de transporte escolar. El tribunal considera que el criterio de valoración sobre la instalación de sistemas de retención infantil no es discriminatorio y no establece barreras de entrada. Aplica el artículo 117 del Reglamento de Contratación Pública, que prioriza el uso de SRI sobre los cinturones de seguridad en ciertos casos. La resolución anula los pliegos y ordena la cancelación de la licitación y la retroacción de las actuaciones hasta la elaboración de nuevos pliegos corregidos.

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