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Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Euskadi (OARC)

Servicio de información y atención de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo

Resolución
20/2016
Fecha
12/02/2016
Órgano de contratación
Lanbide

Resumen del tribunal

Resumen generado automáticamente a partir del documento del tribunal; puede contener errores. Lo que vale es la resolución.

La empresa VERYQUAL, S.L. recurrió parcialmente la clasificación de empresa de contratista de servicios solicitada en el pliego de condiciones del contrato de «Servicio de información y atención de Lanbide». El tribunal estimó en parte el recurso, considerando que la clasificación en el Grupo V subgrupo 2 no era adecuada al objeto del contrato, que se centraba en la atención telefónica y no en el desarrollo de programas informáticos. El criterio aplicado fue el artículo 65.1.b) del TRLCSP, que establece que la clasificación no es exigible para contratos de servicios si el objeto no corresponde al ámbito de dicha clasificación.

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