Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos de la licitación.
Sometimiento del contratista al arbitraje cuando el usuario del servicio decida acudir a este sistema.
Dotación mínima de personal y subrogación.
Condiciones especiales de ejecución de tipo social tendentes a promover la paridad entre hombres y mujeres en la plantilla del contratista, así como la estabilidad en el empleo.
Mecanismo para garantizar la solvencia en el caso de las UTEs.
Renovación de concesiones: no existe desviación de poder.
Desestimación.