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Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Euskadi (OARC)

Transporte escolar para diversos itinerarios, con vehículos de una capacidad superior a nueve plazas, a los centros públicos de enseñanza sitos en el Territorio Histórico de Gipuzkoa

Resolución
167/2022
Fecha
28/10/2022
Órgano de contratación
Gobierno Vasco

Resumen del tribunal

Resumen generado automáticamente a partir del documento del tribunal; puede contener errores. Lo que vale es la resolución.

La AGRUPACIÓN ALAVESA DEL TRANSPORTE recurrió parcialmente los pliegos del contrato de transporte escolar en Gipuzkoa, argumentando que ciertas cláusulas eran incompatibles con el principio de transparencia y la legalidad. El tribunal estimó en parte el recurso, anulando específicamente el apartado 5 de la cláusula específica 13.1 del PCAP y las menciones a la experiencia en transporte escolar para conductores, basándose en el artículo 46.1 de la LCSP y en el principio de transparencia.

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