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Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Euskadi (OARC)

Sopelako bi puntu finkotan abiadura neurtzeko ekipamendua hornitu, jarri eta mantentzea abiadura neurtzeko ekipamendu mugikorra hornitu eta mantentzea eta horri buruzko artxiboak egitea.

Resolución
134/2022
Fecha
08/09/2022
Órgano de contratación
Ayuntamiento de Sopelana

Resumen del tribunal

Resumen generado automáticamente a partir del documento del tribunal; puede contener errores. Lo que vale es la resolución.

La empresa GALEA ELECTRIC, S.L. recurrió contra la adjudicación del contrato de suministro, instalación y mantenimiento de un equipo de medición de velocidad móvil en Sopela. Lo hizo argumentando que la adjudicataria no podía cumplir la oferta por falta de autorización de la marca ofertada. El tribunal desestimó el recurso, considerando que la imposibilidad de cumplimiento no constituye un vicio de legalidad intrínseca del acto, sino una cuestión de ejecución del contrato. Aplicó el artículo 44.1 y 44.2 de la LCSP, que regulan la admisibilidad del recurso especial y la impugnabilidad de la adjudicación.

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