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Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Euskadi (OARC)

Transporte escolar con vehículos de una capacidad superior a nueve plazas incluida la del conductor a los centros públicos de enseñanza (lote 2, sublote 12)

Resolución
129/2014
Fecha
15/12/2014
Órgano de contratación
Gobierno Vasco

Resumen del tribunal

Resumen generado automáticamente a partir del documento del tribunal; puede contener errores. Lo que vale es la resolución.

Se recurrió la adjudicación del contrato de transporte escolar tramitado por la Administración General de Euskadi. La empresa Bus Alconada, S.L.U. impugnó la adjudicación por desacuerdo con la resolución que anuló la primera adjudicación y ordenó una nueva evaluación. El tribunal inadmite el recurso al considerar que no versa sobre cuestiones novedosas, sino sobre la ejecución de una resolución ya dictada, lo que implica la aplicación de la cosa juzgada administrativa. El criterio aplicado se basa en el artículo 41.3 del TRLCSP y en la Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010.

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