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Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Euskadi (OARC)

servicio de transporte escolar, con vehículos de una capacidad igual o inferior a nueve plazas (incluida la del conductor), con destino a los centros públicos de enseñanza dependientes del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura de la Comunidad Autónoma de Euskadi sitos en los Territorios Históricos de Araba, Gipuzkoa y Bizkaia. Periodo: curso escolar 2016-2017

Resolución
117/2016
Fecha
04/11/2016
Órgano de contratación
Gobierno Vasco

Resumen del tribunal

Resumen generado automáticamente a partir del documento del tribunal; puede contener errores. Lo que vale es la resolución.

Se recurrió la adjudicación del lote 2, sublote 5, de un contrato de transporte escolar en Euskadi. El recurrente alegó que el adjudicatario no tenía la licencia necesaria para prestar el servicio, ya que la licencia estaba otorgada por un municipio distinto al de inicio y fin de la ruta. El tribunal desestima el recurso, considerando que el servicio se enmarca en las excepciones previstas en el artículo 18.2 de la Ley 2/2000, por tratarse de un transporte de uso especial y con contratación previa.

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