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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 547/2026

Resolución
547/2026
Recurso
504/2026
Fecha
07/08/2026
Resultado
Estimación
Acto recurrido
Actos de trámites cualificados
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Exclusión y declaración de desierto del procedimiento como acto finalizador del procedimiento equiparable a los efectos del recurso especial, a la adjudicación.

Solicitud de acceso al expediente: habida cuenta que el derecho del interesado ha sido satisfecho materialmente con el acceso al expediente facilitado por el órgano de contratación no opera el presupuesto del artículo 52 de la LCSP.

La cuestión controvertida consiste en determinar s las deficiencias advertidas por la mesa de contratación en la documentación previa a la adjudicación tienen la naturaleza de defectos insubsanables, o si la mesa debió conceder un trámite de subsanación o aclaración.

Por razones de sistemática se analizan cada uno de los defectos observados: falta de coincidencia del objeto social y el objeto contractual que se estima. solvencia económica y financiera y técnica exigida con arreglo a los pliegos que se estima igualmente para que en el requerimiento de documentación se concrete qué documentación se considera apropiada a los efectos de acreditar el cumplimiento del requisito. respecto del compromiso de adscripción de medios se concluye que la aplicación del principio de proporcionalidad debió posibilitar la concesión de un plazo de subsanación antes de decretar la expulsión de la oferta. con relación a las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, el motivo de exclusión alegado era improcedente al obrar en el expediente un certificado de autorización para la cesión de información. respecto de la garantía definitiva, la exclusión fue desproporcionada ya que el pliego permitía, en parte de su clausulado, la constitución de la garantía definitiva mediante retención en el precio por lo que debió en su caso, admitírselo, o a lo sumo, concederle la posibilidad de constituirla conforme al pliego.

Estimación.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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