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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 471/2026

Resolución
471/2026
Recurso
432/2026
Fecha
15/07/2026
Resultado
Estimación
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Inadmisión.

Servicios.

Funcionamiento de la plataforma informática de contratación: cuando el sistema permanece operativo y permite el registro de ofertas y documenta la presentación, expidiendo un justificante electrónico de presentación y registro, sin advertencia, aviso impeditivo o bloqueo, la Administración genera —en términos objetivos— una apariencia de regularidad de la actuación del licitador que utiliza el canal impuesto, apariencia que debe ser jurídicamente tomada en consideración a la hora de ponderar la reacción administrativa posterior, singularmente cuando la consecuencia pretendida es la inadmisión de la oferta, que constituye la medida más gravosa y restrictiva de la concurrencia.

Este marco institucional, por definición, está llamado a proporcionar certeza y trazabilidad, de modo que la Administración no puede desentenderse del efecto que esa operatividad produce en la esfera del licitador en términos de previsibilidad y confianza en el canal que ella misma ha configurado como obligatorio.&nbsp.La consecuencia jurídica no puede ser, en tales condiciones, una exclusión automática y puramente formal por el solo dato temporal, prescindiendo de la incidencia administrativa consistente en la falta de cierre o de aviso operativo de la plataforma durante la suspensión, ni de una ponderación conforme a los principios de seguridad jurídica, buena fe, confianza legítima y proporcionalidad.

Estimación.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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