Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 441/2026
- Resolución
- 441/2026
- Recurso
- 413/2026
- Fecha
- 01/07/2026
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
Doctrina sobre la división en lotes y sus excepciones.
Principio de discrecionalidad técnica.
La motivación para no dividir en lotes ha de ser previa y constar en el expediente, sin que pueda suplir el órgano de contratación su insuficiencia o inexistencia con ocasión del informe al recurso especial, aunque sí puede complementarla, ofreciendo una motivación más extensa, sobre la base de lo obrante en el expediente.
No se aprecia la denunciada ausencia de motivación en la decisión de no dividir el contrato en lotes.
Falta de legitimación: no se acredita interés legítimo respecto a la calificación del contrato.
Interés en defensa de la legalidad.
A mayor abundamiento, no es correcta la calificación del contrato, pretendida por la recurrente, como concesión demanial.
Desestimación.
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