Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 407/2026
- Resolución
- 407/2026
- Recurso
- 357/2026
- Fecha
- 19/06/2026
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Otros
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Penalidades.
La penalidad impuesta a la entidad recurrente trae causa en no haber atendido el requerimiento documental previo a la adjudicación y es acorde a las previsiones del artículo 150.2 de la LCSP y al clausulado del PCAP.
Los incumplimientos que motivaron la retirada de la oferta hacen referencia a la falta de constitución de la garantía definitiva, acreditación de la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional y acreditación de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Se trata de incumplimientos con gravedad suficiente para entender que se ha retirado la oferta, sin que proceda otorgar plazo de subsanación para constituir la totalidad de la garantía fuera del plazo concedido.
La retirada indebida de la oferta, además de penalidades, puede conllevar la prohibición de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 71. 2, a) de la LCSP, supuesto expresamente descartado para el presente asunto en la resolución del órgano de contratación.
Desestimación.
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