Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 321/2026
- Resolución
- 321/2026
- Recurso
- 297/2026
- Fecha
- 27/05/2026
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Suministro
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
Errónea valoración de la oferta de la adjudicataria con arreglo al criterio susceptible de aplicación mediante fórmulas "conservación de reactivos".
Exigencia de disponibilidad del software para el Sistema de Gestión del Banco de Sangre.
Allanamiento del órgano de contratación.
Examen de los motivos de impugnación para analizar si constituye una infracción del ordenamiento jurídico.
Respecto del primer motivo de impugnación, se concluye que no resulta admisible la reinterpretación de la literalidad del pliego efectuada por el órgano que conlleva la modificación de la puntuación de la adjudicataria, a la vista del contenido de los sobres 2 y 3 de su oferta.
Respecto del segundo motivo de impugnación, se concluye que, de conformidad con lo previsto en el PPT, no se exigía una acreditación documental expresa de la disponibilidad del software por lo que la actuación de la mesa, que acordó requerir a la propuesta adjudicataria la aclaración de los términos del acuerdo, fue proporcionada y correcta, sin que sea necesario la retroacción de actuaciones a la que se allana el órgano.
No se acepta el allanamiento.
Desestimación.
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