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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 199/2026

Resolución
199/2026
Recurso
177/2026
Fecha
15/04/2026
Resultado
Desestimación
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Obras

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Adjudicación.

La recurrente denuncia la incorrecta aplicación de la fórmula económica prevista en el pliego al entender que debió de ser eliminada del cálculo la oferta del grupo empresarial más onerosa, ya que ello ha conducido a una alteración de la clasificación final.

Invoca la doctrina sobre el carácter vinculante de los pliegos como lex contractus.

Examen de la contoversia estrictamente jurídica más allá de cuestiones puramente técnicas o matemáticas.

El pliego regulador de la presente licitación indica claramente la fórmula correspondiente a la valoración de la proposición económica, tomando, para los valores de Ofi (media aritmética) y S (desviación estándar), los valores de las ofertas válidamente admitidas no incursas en anormalidad, previendo que, de existir empresas pertenecientes a un grupo empresarial, se eliminarán del cálculo las más onerosas para cada grupo empresarial.

Corrección de la aplicación de la fórmula económica basándose en la doctrina del Tribunal Supremo en la reciente Sentencia de 23 de febereo de 2026.

Desestimación.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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