Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 136/2026
- Resolución
- 136/2026
- Recurso
- 83/2026
- Fecha
- 06/03/2026
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Acuerdo marco de servicios.
Presunción de anormalidad: la exclusión de una oferta por anormalidad exige previa tramitación de procedimiento contradictorio, motivación suficiente y apoyo en el asesoramiento técnico correspondiente.
Discrepancia entre la oferta del licitador y su justificación de los valores anormales.
Los pliegos, al no ser recurridos en el momento procedimental oportuno, se han convertido en lex contractus y lex inter partes.
Doctrina de la discrecionalidad técnica.
La consecuencia legal de que la oferta sea inviable ha de ser la exclusión de la clasificación, siendo una consecuencia proporcional a la situación planteada.
La solicitud de aclaraciones adicionales puede existir en supuestos en que el requerimiento inicial sea insuficientemente claro o resulte imprescindible aclarar extremos concretos, pero no constituye, por sí sola, un deber automático cuando el órgano técnico concluye sin ambages que la justificación aportada no salva la presunción de anormalidad.
La exclusión del licitador incurso en valores anormales corresponde al órgano de contratación.
Requisitos de las actas de la mesa de contratación.
Desestimación.
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