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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 102/2026

Resolución
102/2026
Recurso
63/2026
Fecha
24/02/2026
Resultado
Estimación Parcial
Acto recurrido
Anuncio y/o Pliegos
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Pliegos.

Contratación de gestión de residuos textiles y aceites domésticos usados.

Vulneración del artículo 99.3 de la LCSP por falta de división territorial en lotes junto a la declaración de reserva de la totalidad del contrato a favor de la Disposición adicional 19ª de la Ley 7/2022, de 8 de abril.

Solicitud de la recurrente de planteamiento de cuestión prejudicial ante el TJUE sobre la compatibilidad de la DA 19ª de la Ley 7/2022 con el artículo 20 de la Directiva y el artículo 101 TFUE.

La cuestión a examinar es si la reserva íntegra del 100% del contrato a favor de EI y de CEEIS implica una barrera absoluta para las entidades que no ostentan tal condición y supone una infracción de los principios de concurrencia y libre competencia.

Doctrina del Tribunal sobre la división en lotes: se estima el motivo ya que no es posible ampararse en el cumplimiento formal de la obligación de división del objeto cuando se frustra la finalidad perseguida por el artículo 99 de la LCSP de fomentar la participación de PYMEs.

Exposición de las razones por las que el Tribunal no aprecia que para poder emitir el pronunciamiento y resolver el recurso especial, no es necesaria una decisión sobre la interpretación o validez del Derecho de la Unión aplicable al asunto controvertido.

Análisis del segundo motivo relativo a la conformidad a derecho de la reserva del 100% a la vista de la STS 1032/2025 que fija doctrina casacional sobre la restricción en contratos reservados a favor de CEE de iniciativa social en detrimento de CEE de iniciativa empresarial.

Infracción de los artículos 1.1.116.4. 63.3A) y 285.2 LCSP por falta de publicación en el perfil de la memoria justificativa y del estudio económico de viabilidad.

Infracción de los artículos 100. 101 y 285 de la LCSP que tras el análisis conlleva la estimación parcial a fin de que en los nuevos pliegos que, en su caso, se aprueben se observe los costes laborales que no han sido tenidos en cuenta en el cálculo del VE.

Infracción del artículo 145.5 de la LCSP: deberá motivarse en los nuevos pliegos la elección de los criterios de adjudicación y en concreto, la elección del criterio relativo al canon establecido a fin de garantizar la posibilidad de que las ofertas sean evaluadas en condiciones de competencia efectiva.

Estimación parcial.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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