Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 67/2026
- Resolución
- 67/2026
- Recurso
- 20/2026
- Fecha
- 06/02/2026
- Resultado
- Inadmisión
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
Recurso interpuesto por personal perteneciente a la bolsa de trabajo del servicio de ayuda a domicilio que externaliza un Ayuntamiento.
Doctrina sobre subrogación del personal.
El personal de las bolsas de trabajo —que no presta servicio continuado ni estable, sino de manera esporádica y discontinua— no puede ser considerado personal adscrito al servicio a efectos de lo establecido en el artículo 130 LCSP.
No existe relación entre la posición de las recurrentes y la capacidad de competir o resultar adjudicatarias, ya que no ostentan la condición de operadores económicos, no participan ni pueden participar en el procedimiento de contratación, y no resultan afectadas por las decisiones del órgano de contratación, siendo terceros ajenos a los que no afecta ni el contenido de los pliegos, ni la adjudicación, ni la tramitación misma del contrato, por lo que no concurre interés legítimo según exige la LCSP para accionar este tipo de recursos.
Alcance y eficacia de los convenios colectivos que extienden su fuerza obligatoria a los empresarios y trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación, sin que puedan extenderla más allá a empresarios y trabajadores ajenos a dicho ámbito.
Doctrina sobre que los actos previos al procedimiento de adjudicación no son susceptibles de recurso especial, salvo que tengan conexión con alguna cláusula de los pliegos al ser estos impugnables.
Inadmisión por por falta de legitimación activa. .
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