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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 31/2026

Resolución
31/2026
Recurso
15/2026
Fecha
30/01/2026
Resultado
Estimación
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Adjudicación: indirectamente el PCAP por una cláusula del Anexo I que obliga a la adjudicataria a contratar directa o indirectamente a la productora xxx, representante del artista “xxx”, para eventos dirigidos a mayores de 65 años, alegando restricción de la competencia, afectación a la libertad creativa y vulneración de transparencia, igualdad y libertad de empresa.

El órgano de contratación solicita la inadmisión por extemporaneidad al no haberse recurrido los pliegos en plazo y sostiene que no concurre nulidad de pleno derecho, defendiendo la justificación estratégica de dicha exigencia por eficacia en campañas anteriores. la adjudicataria pide la desestimación y niega que exista adjudicación directa o restricción efectiva, destacando que concurrieron ocho licitadores.

El Tribunal aprecia que, aunque la regla general es la firmeza de los pliegos no impugnados en plazo, analiza la viabilidad de la impugnación indirecta y valora la cláusula como una obligación nominativa incorporada al objeto del contrato.

Examina la documentación justificativa y destaca que, en la memoria del lote 1 (creatividad y diseño), el resumen de costes no refleja la subcontratación obligatoria por 20.000 euros, pese a consignarse en el pliego el “caché” correspondiente, y también señala aspectos de falta de precisión sobre la disponibilidad y aceptación del artista y su productora para contratar con cualquier licitador.

Con base en ello, estima el recurso, anula la adjudicación, la licitación y los pliegos en lo relativo a la subcontratación obligatoria, ordenando que el órgano de contratación informe de las actuaciones de cumplimiento.

Desestimación

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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