Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 664/2025
- Resolución
- 664/2025
- Recurso
- 584/2025
- Fecha
- 04/11/2025
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Suministro
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
Acuerdo marco.
Fondos europeos.
Criterio de sostenibilidad :huella de carbono.
Desestimación de alegaciones realizadas en su día por órgano no proponente no competente.
Debió ser tramitado como recurso especial.
Servicio de Racionalización y Centralización de la Contratación, tras la propuesta de adjudicación por parte del órgano de contratación, no procedía realizarla ante dicho Servicio de Racionalización, como comisión técnica, pues ya existía un acto emitido por el órgano competente, que se pronunciaba sobre la exclusión.
Sobre la forma de acreditación del criterio de sostenibilidad.
Sobre la posible existencia de dudas sobre el otorgamiento de puntos a otras entidades licitadoras del lote 7 en virtud únicamente de declaraciones responsables de cumplimiento de un determinado criterio de adjudicación.
Artículo 31 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, 66.5 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero.
Artículo 145.5 de la LCSP.
De este modo, la inclusión de estos criterios de adjudicación, y en concreto, el criterio de sostenibilidad, (entendido como la reducción de emisiones, la eficiencia energética, la utilización de materiales o servicios ambientalmente respetuosos o la menor huella de carbono), puede incorporarse como criterio de adjudicación siempre que exista una vinculación clara con el objeto del contrato y  .siempre que se especifique en el pliego la ponderación atribuida, la forma en que será evaluado y, el método de medición para realizar esa valoración objetiva.
De este modo, el pliego debe ser interpretado del modo de asegurar esa objetividad, debiendo huirse de interpretaciones vagas o estereotipadas, debiendo acreditarse que la medición del criterio es lo suficientemente seria como para poderse justificar en el expediente cómo ese criterio contribuye efectivamente a la calidad o eficiencia del contrato.
Los criterios de adjudicación deben garantizar la posibilidad de que las ofertas sean evaluadas en condiciones de competencia efectiva: no se ha justificado por qué no se constató la veracidad de las declaraciones realizadas por los licitadores en relación con el criterio de sostenibilidad del producto, otorgando la máxima puntuación a quienes simplemente declararon cumplir la opción C (producto neutral en carbono), sin requerir justificación documental.
Estimación
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