Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 562/2025
- Resolución
- 562/2025
- Recurso
- 491/2025
- Fecha
- 17/09/2025
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
Puntuación de cero puntos en los criterios automáticos de valoración por no aportar la documentación.
En el anexo del PCAP se indica claramente que los licitadores deberán acreditar la experiencia y formación requerida.
No es posible solicitar esa documentación en el requerimiento del artículo 150.2 LCSP ya que el mismo se hace “al licitador que haya presentado la mejor oferta”, y para ello es necesario haber presentado previamente la documentación exigida en cada criterio para ser valorada y tras ello, una vez aplicados todos los criterios de valoración, ser la mejor oferta.
No puede subsanarse tal incumplimiento dado que la recurrente no ha aportado documentación alguna de los técnicos requeridos, ni siquiera ha indicado quiénes son, por lo que concederle un plazo de subsanación atentaría contra el principio de no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores, ya que en este supuesto la recurrente dispondría de un plazo mayor que el resto de licitadoras para preparar su oferta, teniendo un plazo extra para seguir buscando a los técnicos más idóneos.
Multa.
Desestimación.
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