Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 546/2025
- Resolución
- 546/2025
- Recurso
- 434/2025
- Fecha
- 12/09/2025
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Exclusión por no justificar la viabilidad de una oferta adoptada por la mesa posteriormente confirmada por el órgano convocante.
Oferta anormal.
Principio de inalterabilidad de la oferta: no es posible afirmar que en la justificación de la viabilidad se haya producido una modificación de la proposición inicialmente presentada, siendo la justificación contemplada en el escenario 1 la que el órgano de contratación tuvo que haber analizado.
La ausencia por parte del órgano de contratación de alegación alguna sobre el fondo del recurso que en cierta forma pudiese desvirtuar las denuncias vertidas en el escrito de impugnación sustrae a este Tribunal en su análisis de los argumentos de oposición al recurso.
Una vez que opere la subrogación con la nueva entidad adjudicataria, es posible que determinadas personas trabajadoras de forma voluntaria no se subroguen con la nueva persona empleadora, o que ésta a algunas de las subrogadas las asigne a otras funciones o que, en algunos casos, incluso proceda a prescindir de sus servicios.
Criterio temporal que ha de tenerse en consideración para elaborar el presupuesto base de licitación, el valor estimado y la aplicación del convenio colectivo laboral de referencia, así como para la confección de las ofertas y la posterior justificación de su viabilidad, en su caso.
Aunque no le sea exigible el órgano de contratación conforme al principio de buena administración pueda estimar si lo cree necesario en el presupuesto base de licitación una partida para sufragar posibles revisiones de los costes laborales derivados de pactos o cláusulas que pudiesen alcanzarse en un futuro.
De los alegatos esgrimidos en el recurso se estiman algunos.
Función revisora del Tribunal.
Necesidad de que el órgano de contratación vuelva a pronunciarse sobre la viabilidad de la oferta.
Estimación parcial.
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