Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 471/2025
- Resolución
- 471/2025
- Recurso
- 396/2025
- Fecha
- 08/08/2025
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
Motivación de la no división en lotes del objeto del contrato: escueta pero suficiente.
No es una motivación formal ni genérica.
Los motivos válidos a que se refiere el artículo 99.3 de la LCSPno son los únicos en que puede fundamentarse la no división del objeto.
La propia redacción del precepto legal permite entender que, en todo caso, serán motivos válidos los que el propio precepto define. sin perjuicio de otros válidos que puedan esgrimir los poderes adjudicadores, en cada caso, atendiendo a las particularidades y singularidades del contrato.
Indeterminación en el plazo de ejecución con infracción de lo dispuesto en el artículo 29.7 de la LCSP para los servicios complementarios de otros de obras o de suministro.
Criterio de adjudicación medioambiental: falta de motivación de su elección en el expediente.
Estimación parcial.
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