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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 461/2025

Resolución
461/2025
Recurso
400/2025
Fecha
01/08/2025
Resultado
Estimación
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Adjudicación.

Plan de igualdad: error de la mesa.

La recurrente lo que plantea es que la empresa adjudicataria debe ser excluida al no haber acreditado la inscripción del plan de igualdad, ni su presentación en el registro, para su tramitación en el REGCON, con la anterioridad que marca las normas antes transcritas, y, por tanto, estaría incursa en la prohibición para contratar con la Administración, prevista en el artículo 71.1 d) y 72 de la LCSP, ya que entiende que la prohibición de contratar persistía a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, así como al tiempo de la resolución de adjudicación que se recurre.

La obligación legal se cumple si, a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones cuenta con un PI válido e inscrito en el REGCON, lo cual en este caso no sucede ya que, a dicha fecha, la entidad no contaba con un plan inscrito en el REGCON con independencia de que la vigencia extienda sus efectos hasta una fecha anterior, en concreto, el 2 de mayo de 2025.A la fecha del requerimiento de documentación previa no podía acreditar, ni que estaba inscrito ni que había presentado su solicitud tres meses antes, por supuesto, a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, no era el 14 de abril de 2025 ni siquiera tomando como referencia los tres meses antes a la fecha de requerimiento de documentación previa, pues debía tenerlo solicitado el 10 de marzo de 2025.De este modo no se cumplen ninguna de las circunstancias que permitía la cláusula del PCAP para acreditar que disponía con un plan de igualdad.

Estimación

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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