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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 457/2022

Resolución
457/2022
Recurso
313/2022
Fecha
15/09/2022
Resultado
Estimación Parcial
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Adjudicación.

La recurrente alega que el requerimiento de subsanación de la oferta acordado por la mesa de contratación es improcedente y supone una modificación de la oferta inicialmente presentada.

Aplicando la doctrina sobre la subsanación de la oferta se concluye que la aportación de los certificados de buena ejecución es un defecto subsanable y no supone una modificación de la oferta dado que se limitan a acreditar la efectiva ejecución de trabajos previamente declarados para su valoración en la oferta.

Por el contrario, la subsanación de la relación de los trabajos realizados incluidos en la proposición para su valoración como criterio de adjudicación objetivo, afecta al contenido material de la oferta y por tanto su subsanación conlleva la modificación de la oferta.En cuanto al segundo de los motivos del recurso, en el que se califica de arbitraria la interpretación llevada a cabo sobre distintos aspectos de uno de los criterios de adjudicación del contrato sometido a fórmula, se estima uno de los motivos alegados, dado que respecto al mismo el órgano de contratación ha reinterpretado las previsiones del pliego.

Estimación parcial.

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