Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 757/2025
- Resolución
- 757/2025
- Recurso
- 694/2025
- Fecha
- 26/12/2025
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
Contrato de servicios.
Doctrina “lex contractus”.
Integración de la solvencia con medios externos y subcontratación.
Tareas críticas a ejecutar directamente por el contratista principal, sin que pueda aceptarse la colaboración de la adjudicataria con un técnico ajeno a la misma, independientemente del título jurídico utilizado al efecto.
Los acuerdos entre particulares, como un contrato de colaboración, en modo alguno pueden convertirse en instrumentos para eludir la normativa contractual sobre subcontratación, ni sobre uniones temporales de empresarios.
Si, como sostiene la adjudicataria, el contrato de colaboración supone la concertación del servicio del técnico sin necesidad de subcontratar, ello supone admitir que está acudiendo a la figura de la integración de solvencia con medios externos, pero ello, tampoco es posible, ya que los pliegos exigen que esa determinada parte del trabajo a realizar por el citado técnico sea ejecutada directamente por el propio contratista.
Estimación.
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