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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 635/2025

Resolución
635/2025
Recurso
576/2025
Fecha
24/10/2025
Resultado
Desestimación
Acto recurrido
Actos de trámites cualificados
Tipo de contrato
Suministro

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Acto de trámite cualificado:exclusión..139 LCSP.

Resoluciones 120/2015, de 25 de marzo. 221/2016, de 16 de septiembre. 200/2017, de 6 de octubre. 333/2018, de 27 de noviembre. 250/2019, de 2 de agosto. y 113/2020, de 14 de mayo, los pliegos constituyen la ley del contrato entre las partes, y la presentación de proposiciones implica su aceptación incondicionada por parte de las entidades licitadoras.

En virtud del principio “pacta sunt servanda”, y dado que ni el recurrente ni ningún otro licitador impugnaron en su momento el contenido de los pliegos, deben ahora atenerse a lo establecido en los mismos.

Discrecionalidad técnica parte de una presunción de certeza o de razonabilidad de la actuación administrativa.

Sentencia EIUPO.

Desestimación.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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