Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 634/2025
- Resolución
- 634/2025
- Recurso
- 570/2025
- Fecha
- 18/10/2025
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.Duración del contrato de limpieza: 29 LCSP, la ampliación del límite general puede justificarse legalmente cuando sea necesario para la recuperación de las inversiones directamente relacionadas con el contrato, siempre que dichas inversiones no sean susceptibles de utilización en el resto de la actividad productiva del contratista o su uso resulte antieconómico, y la amortización de las mismas constituya un coste relevante en la prestación del servicio.
Esta excepción posible debe estar debidamente justificada en el expediente de contratación, indicando las inversiones y su período de recuperación.
Si en el futuro ya se hubiere ejecutado la prórroga de nueve meses del artículo 29.4 in fine de la LCSP, no podrá volver a prorrogarse el contrato, puesto que no habría amparo legal ni se darían los requisitos procedimentales exigidos para su adopción, con lo que la prórroga sería nula.Si esa era la opción del órgano de contratación, reflejar el régimen legal, como dice, simplemente debía haber omitido cualquier referencia a la prórroga excepciona.
Estimación
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