Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 189/2024
- Resolución
- 189/2024
- Recurso
- 118/2024
- Fecha
- 03/05/2024
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Suministro
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
La recurrente ejercita como pretensión principal la anulación de la resolución de adjudicación en lo referente a la agrupación y  .que se acuerde la adjudicación  .a  .su oferta bien considerando la necesaria exclusión de la oferta de  .la adjudicataria, por incumplimiento del PPT, o en vista del informe de valoración  .de la primera comisión asesora técnica, arbitrariamente descartado por la mesa de contratación.
Examen por el Tribunal: no se  .aprecia irregularidad invalidante o determinante de anulabilidad respecto del extremo que se denuncia, relativo a la existencia de injerencias en el proceso de valoración de las ofertas, máxime cuando ha quedado corroborado que la reunión de fecha 27 de enero de 2023 obedeció objetivamente a la necesidad de desbloquear la situación de paralización del expediente.
Respecto del incumplimiento por la oferta de la adjudicataria tampoco ha quedado acreditado por la recurrente que la oferta  .haya incurrido en un incumplimiento claro, expreso y rotundo de dicha prescripción que sea determinante de la exclusión de aquella, por lo que se desestiman ambos motivos y la pretensión ejercitada.
La desestimación de la pretensión principal obliga al análisis de la pretensión subsidiaria de anulación del procedimiento de contratación basado en el motivo de impugnación relativo a la denegación injustificada de la apertura de su oferta técnica presentada en un formato “USB” sobre la base de la indicaciones dadas por el órgano de contratación en las respuestas a las consultas y la consecuente vulneración del carácter electrónico de la licitación.
El Tribunal  .concluye que el órgano de contratación, con la respuesta dada a la consulta del licitador, que además tenía carácter vinculante, ha vulnerado el principio de igualdad de trato entre los licitadores, posibilitando la presentación de ofertas contrarias a los pliegos por lo que la admisión parcial de la oferta de la recurrente no es conforme a derecho.
Anulación del procedimiento de licitación.
Estimación parcial. .
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