Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 349/2024
- Resolución
- 349/2024
- Recurso
- 311/2024
- Fecha
- 30/08/2024
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
Consideraciones del Tribunal sobre el alcance de la aplicación del plazo de interposición del recurso previsto en el artículo 58 del Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sobre la restricción realizada a favor de determinadas titulaciones.
Sobre la exigencia de una determinada cualificación profesional como solvencia y como criterio de adjudicación para la construcción de un carril bici.
Ley de carreteras: no incluye los carriles bici.
Tareas críticas: desestimación, están bien delimitadas.
Exigencia de que la empresa licitadora. o en caso de UTE cada una de las empresas que la componen deben aportar documentos acreditativos de estar en posesión de certificados (vigentes) de sistema de gestión de Calidad ISO 9001, Medioambiente ISO 14001 y Seguridad y Salud ISO 45001, todos ellos en el ámbito de trabajos y servicios de ingeniería.90.1 b) de la LCSP, relativo a la solvencia técnica en el contrato de servicios, establece la forma de acreditarla, apoyando esta interpretación: “Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad”.
Por tanto, si las unidades técnicas o su personal, en especial, los encargados del control de la calidad, se permite que incluso no estén integrados en la empresa licitadora, con más razón debe estar permitido el derecho a la integración de la solvencia propia con los medios y capacidades de otras empresas terceras que se extienda a las capacidades, medios, medidas, etc., que integran el sistema de control de garantía de la calidad acreditado mediante un certificado del que es titular la misma.
Es decir, no es personalísimo y es cedible al licitador y aplicable a una prestación a realizar por uno con sus medios y con los del tercero.
Estimación parcial
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