Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 191/2025
- Resolución
- 191/2025
- Recurso
- 132/2025
- Fecha
- 11/04/2025
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Suministro
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Exclusión por no superar el umbral mínimo en la valoración de los criterios sujetos a juicio de valor.
Error y arbitrariedad en la valoración de las ofertas con arreglo a los criterios sujetos a juicio de valor.
Valoración de aspectos no exigidos previamente y definidos en los pliegos.
Doctrina de la discrecionalidad  .técnica de la Administración y la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos por razón de la cualificación técnica de quienes los emiten.
Análisis por el Tribunal: los términos en los que se establecen los criterios evaluables mediante un juicio de valor en la presente licitación –cuestión  .cuya legalidad no prejuzga el Tribunal- permitían un considerable margen de discrecionalidad en la valoración de las ofertas, al establecer la valoración de ventajas ( muy destacables, destacables, o no ) siendo los citados pliegos, una vez consentidos, firmes y ley entre las partes, vinculando su contenido a todas las partes, y habiendo sido aceptados por la recurrente que no impugnó aquellos en el momento procedimental oportuno.
Tampoco se aprecia el error ni la arbitrariedad ligada a la invocación de precedentes de valoración en licitaciones anteriores.
Desestimación.
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