Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 168/2025
- Resolución
- 168/2025
- Recurso
- 91/2025
- Fecha
- 21/03/2025
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Suministro
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
Acceso al expediente.
Solicitud presentada ante el órgano de contratación antes del dictado de la resolución impugnada.
La recurrente no formula claramente su solicitud de acceso ante este Tribunal a los efectos de poder completar su escrito de recurso.
No se cumple lo dispuesto en el artículo 52 de la LCSP.
Error material en la justificación del cálculo del umbral de anormalidad por parte del órgano de contratación.
Falta de legitimación ad causam de la recurrente respecto de determinados lotes en los que ha quedado clasificada en tercer lugar.
Decae su interés legítimo en cuanto a que no alega nada contra la segunda posicionada.
No se han superado los límites de la discrecionalidad técnica.
Motivación suficiente.
No queda acreditado que la recurrente haya sostenido los argumentos del recurso en el conocimiento de la ausencia de su fundamentación jurídica por lo que no cabe apreciar en el presente supuesto absoluta deslealtad o abuso del principio de buena fe, determinantes de la imposición de la multa solicitada.
Desestimación.
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