Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 105/2025
- Resolución
- 105/2025
- Recurso
- 42/2025
- Fecha
- 14/02/2025
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Exclusión.
Oferta anormal o desproporcionada.
Los pliegos recogen expresamente que en el presupuesto base de licitación se incluyen determinados incrementos para las posibles prórrogas del contrato.  .En los contratos de servicios en cuanto a los gastos generales de estructura y al beneficio industrial la aplicación el artículo 131 del RGLCAP es potestativa para el órgano de contratación.
No es posible entender sin más que en los contratos de servicios como el que se licita un determinado porcentaje de gastos generales de estructura sobre el presupuesto de ejecución material sea insuficiente como pretende el órgano de contratación.  .Artículo 130 LCSP.  .Requerimiento de información genérico e impreciso.
Posibilidad de solicitar aclaraciones en la documentación justificativa de la viabilidad de una oferta, inicialmente incursa en presunción de anormalidad, sin que ello suponga modificación de la misma.
En la justificación de la viabilidad de las ofertas los déficits de determinadas partidas de costes podrían ser compensadas con el beneficio industrial.
Los gastos generales de estructura como cualquier otro coste pueden absorber los déficits de otras partidas de costes siempre que se acredite que los mismos se han justificado en exceso.
De los alegatos esgrimidos en el recurso se estiman algunos.
Función revisora del Tribunal.
Necesidad de que el órgano de contratación vuelva a pronunciarse sobre la viabilidad de la oferta.
Estimación parcial.
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