Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 54/2025
- Resolución
- 54/2025
- Recurso
- 1/2025
- Fecha
- 31/01/2025
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
Admisión.
Oferta anormal o desproporcionada.
Artículo 52 LCSP.
Denegación por el Tribunal de la solicitud de vista de expediente al haber tenido la UTE recurrente acceso en la sede del órgano de contratación con posterioridad a la interposición del recurso.
No es posible solicitar trámite de vista de expediente en el escrito de ampliación del recurso.
La viabilidad o no de una oferta ha de apreciarse no en atención a sus distintos componentes por separado sino en relación al conjunto de la prestación.
Conforme a los pliegos en el contrato basado examinado es de aplicación la instrucción 1/2024 de la Agencia Digital de Andalucía sobre perfiles, precios de referencia y desglose de costes en contratos de bienes y servicios TIC.
Carácter autónomo e independiente de los procedimientos de contratación respecto de otros anteriores o coetáneos, aun cuando coincidan en objeto y sujeto.
Discrecionalidad técnica.
No se acredita que se hayan superado sus límites.
No procede la imposición de la multa solicitada.
Desestimación.
Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.
Buscarla en la web del tribunalElaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.