Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 592/2024
- Resolución
- 592/2024
- Recurso
- 460/2024
- Fecha
- 27/11/2024
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
Legitimación sindicatos.
Artículo 130 LCSP.
La obligación de subrogación en las relaciones laborales derivadas de la ejecución de un contrato, cuando una persona contratista sucede a otra, no deriva del contrato mismo, sino de las normas laborales, normalmente de los convenios colectivos vigentes en el sector de actividad de que se trate.
El órgano de contratación deberá facilitar a las potenciales entidades licitadoras, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras a los que pueda afectar la subrogación en los términos establecidos en el artículo 130 de la LCSP.
Cálculo de los costes de personal atendiendo al convenio colectivo de aplicación.
Actualización de los salarios en función de las actualizaciones salariales sin acuerdo al respecto: No procede.
Los complementos salariales habrán de retribuirse conforme a lo dispuesto en el Convenio colectivo de referencia.
Estimación parcial.
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