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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 146/2024

Resolución
146/2024
Recurso
121/2024
Fecha
09/04/2024
Resultado
Desestimación
Acto recurrido
Anuncio y/o Pliegos
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Pliegos.

Legitimación de asociación.

El criterio temporal que ha de tenerse en consideración para elaborar el presupuesto base de licitación y el cálculo del valor estimado, y por tanto de la aplicación del Convenio colectivo laboral de referencia, ha de ser el referido al momento del envío del anuncio o en caso de que no se requiera tal anuncio, al momento de inicio del procedimiento de adjudicación.

En el cálculo del presupuesto base de licitación y en el del valor estimado, incluidas las eventuales prórrogas, se han de tener en cuenta las subidas salariales previstas en el Convenio colectivo de referencia.

La normativa de contratación no obliga al órgano de contratación a establecer mecanismos que permitan actualizar el precio del contrato.

La función revisora del Tribunal le impide esbozar su parecer respecto de algo sobre lo que no se ha pronunciado el poder adjudicador, ni atender consultas o propuestas de redacción de los pliegos de las personas recurrentes ni del personal a su servicio.

Multa.

Desestimación.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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