Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 195/2024
- Resolución
- 195/2024
- Recurso
- 167/2024
- Fecha
- 06/05/2024
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
Allanamiento OC respecto de la cláusula relativa al criterio de adjudicación mediante la aplicación de fórmulas consistente en una "bolsa de horas" por indeterminación e infracción de lo dispuesto en el artículo 145.5 de la LCSP.
Doctrina del Tribunal sobre la necesidad de establecer topes o límites máximos a fin de evitar ofertas desproporcionadas.
Examen de la cláusula relativa a la revisión de precios: la redacción de la cláusula impugnada no es conforme a derecho en la medida que no puede obviarse la actualización de las tarifas por el coste/hora del servicio establecido que se pueda efectuar al amparo de la previsión establecida en la Orden de 27 de julio de 2023 de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dicha actualización del coste/hora máximo del SAD operada en virtud de Resolución de 24 de abril de 2023 de la Agencia de Servicios Sociales y la Dependencia de Andalucía (ASSDA)  .no es una revisión de precios en el sentido del artículo 103 de la LCSP, ni tampoco una modificación del contrato en los términos establecidos en el artículo 205.2.b) de la LCSP, sino que esa actualización es manifestación de la potestad de naturaleza reguladora que se le atribuye nor-mativamente a la ASSDA.
Estimación.
Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.
Buscarla en la web del tribunalElaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.