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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 231/2024

Resolución
231/2024
Recurso
193/2024
Fecha
07/06/2024
Resultado
Desestimación
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Adjudicación.

Exclusión de la oferta de la recurrente al no justificar la viabilidad de su oferta detectada como incursa en valores anormales o desproporcionados.

La recurrente manifiesta que el órgano de contratación aplicó de forma incorrecta los parámetros de detección de ofertas en presunción de anormalidad al no tener en cuenta las reglas aplicables para los supuestos en los que se presenten varios licitadores pertenecientes a un mismo grupo de empresas en los términos previstos en el artículo 149.3 de la LCSP.

No se da la circunstancia alegada por la recurrente a la vista del contenido del informe técnico.

La recurrente alega que solo se aplicaron las reglas relativas a los grupos de empresas respecto de un lote y no se tuvieron en cuenta con relación a los demás.

Análisis de la legitimación de la recurrente teniendo en cuenta que el petitum de su recurso se circunscribe a un único lote.

Se inadmite esta pre-tensión y a mayor abundamiento se desestima.

Alegación relativa a que la pertenencia a los grupos de empresas debe señalarse en el apartado C de la parte II del DEUC.

Esta parte se refiere a la partición de UTES.

Análisis de la cuestión.

Anexo específico que no consta en el pliego rector del procedimiento ni le es requerido a los licitadores en sede de subsanación.

No procede la exclusión por ese motivo al considerar la misma una consecuencia desproporcionada a la vista de las circunstancias concurrentes.

Desestimación.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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