Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
Incorrecta calificación del contrato en los pliegos como concesión de servicios: no hay transferencia de riesgo operacional al contratista.
No hay una exposición real a las incertidumbres del mercado.
Prescripciones técnicas restrictivas de la concurrencia: artículo 126, apartados 1 y 6 de la LCSP.
Prescripciones técnicas establecidas con referencia a un producto determinado.
Además de la utilización del término “equivalente”, debe justificarse en el expediente las razones que motivan el establecimiento de prescripciones tan específicas.
El artículo 126.6 de la LCSP debe interpretarse restrictivamente.
Estimación.