Saltar al contenido

Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 171/2024

Resolución
171/2024
Recurso
153/2024
Fecha
22/04/2024
Resultado
Estimación Parcial
Acto recurrido
Anuncio y/o Pliegos
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Pliegos.

El primer motivo versa sobre la omisión en el cálculo del presupuesto base de licitación de los gastos de sustitución del personal de vacaciones.

Análisis por el Tribunal: la justificación en que pretende ampararse el órgano de contratación es improcedente &nbsp.puesto que viene a reconocer, de manera implícita, que la ratio de profesionales exigida en los pliegos es mayor de la que en principio, sería exigible para llevar a cabo la ejecución del contrato y que ese exceso de personal vendría a compensar el personal necesario para cubrir las vacaciones, quedando el coste del personal destinado a la sustitución de las vacaciones subsumido en el coste salarial del personal destinado a la ejecución del contrato, por lo que se estima el motivo.

El segundo motivo plantea la omisión en el cálculo del presupuesto base de licitación de la antigüedad y derechos consolidados del personal que ha de ser objeto de subrogación.

Examen por el Tribunal: el órgano de contratación manifiesta que, a la hora de elaborar el presupuesto del contrato, en los pliegos &nbsp.ha tomado en consideración los costes laborales del personal a subrogar, sin que la recurrente haya acreditado la no inclusión de los componentes que de manera genérica reclama, por lo que se desestima el motivo.

Doctrina del Tribunal contenida en la Resolución 131/2020, de 28 de mayo.

Estimación parcial.&nbsp.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

Buscarla en la web del tribunal

De dónde salen estos datos

Elaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.