Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 152/2024
- Resolución
- 152/2024
- Recurso
- 122/2024
- Fecha
- 19/04/2024
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
Solvencia económica y financiera desproporcionada: No se aprecia, solo en el supuesto de que el órgano de contratación no indicará en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y no detallará en los pliegos los requisitos mínimos de solvencia y los medios que se admiten para su acreditación serían de aplicación los establecidos en el artículo 11.4 del RGLCAP.Solvencia técnica o profesional mínima: los requisitos de experiencias exigidos en el PCAP son contrarios a la libre competencia, la no discriminación e igualdad de trato entre entidades candidatas, y, sobre todo, el principio de proporcionalidad aludido en los artículos 1 y 132 de la LCSP y 4 de la Ley 40/2015.
El que se exija, como requisito inexcusable para poder participar en la licitación, el haber sido contratado previamente por una Administración para ejecutar los referidos contratos se opone legalmente el artículo 40.b) de la LCSP.Titulaciones exigidas: Doctrina jurisprudencial: prevalencia del principio de libertad con idoneidad para el ejercicio de una función frente al principio de exclusividad.Prohibición de subcontratación: Infracción del artículo 215 e) de la LCSP: no consta justificación alguna en el expediente de las tareas críticas que en la que se fundamente la prohibición de subcontratación.
Estimación parcial.
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