Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 68/2024
- Resolución
- 68/2024
- Recurso
- 32/2024
- Fecha
- 09/02/2024
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
La recurrente pretende la exclusión de la adjudicataria alegando, como primer motivo, la infracción de la prohibición de subcontratación prevista en el PCAP.
Análisis por el Tribunal del acuerdo de colaboración profesional con otro abogado.
El adjudicatario concurrió como persona física, pudiendo hacerlo con el compromiso de formalización de una unión temporal de empresarios en unión del otro abogado que señala como colaborador, por lo que los términos del referido acuerdo entrañan, en realidad, una subcontratación que estaba vetada por los pliegos.
Se estima el motivo y se señala que, aun cuando la estimación del primer motivo, haría innecesario el análisis del resto de motivos, se procede a su examen a fin de dejar zanjada las controversias.
Respecto de la falta de solvencia económica y financiera exigida por los pliegos,  .el tribunal concluye, tras el examen de los medios alternativos exigidos por el pliego para acreditar aquella, que la documentación aportada por el adjudicatario no se ajustaba a lo exigido en aquellos, y por tanto, no acreditaba su solvencia económica y financiera, resultando estéril ya el debate acerca de si debió concederse o no plazo de subsanación habida cuenta la estimación del anterior motivo.
Respecto de la infracción del principio de igualdad de trato en la valoración de las ofertas conforme a los criterios de adjudicación mediante la aplicación de fórmulas, el motivo se desestima al apreciar el Tribunal que ni la mesa ni el órgano han aplicado los pliegos para la valoración de este criterio de forma distinta para la recurrente y para el adjudicatario.
La estimación parcial conduce a la anulación de la resolución de adjudicación y retroacción de actuaciones para excluir a la oferta adjudicataria y que, en su caso, se continúe el procedimiento de adjudicación.
Estimación parcial.
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