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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 60/2024

Resolución
60/2024
Recurso
50/2024
Fecha
16/02/2024
Resultado
Desestimación
Acto recurrido
Actos de trámites cualificados
Tipo de contrato
Obras

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Acto de trámite cualificado:exclusión.

Solvencia.

UTE:los pliegos exigen una participación superior al 50% de las entidadesa clasificadas en la UTE.Sobre la subsanación:no procede cuando la declaración realizada es correcta.El TJUE, en su sentencia de 10 de octubre de 2013 admitió la posibilidad de que el órgano administrativo de contratación rechace que el contrato de obra sea ejecutado por una UTE a pesar de que se acumule la solvencia.

En aplicación de esta doctrina, consideramos proporcionada la redacción del PCAP, porque no exige que sea una única entidad la clasificada la que deba alcanzar ese 50 por ciento de participación en la UTE.

El PCAP permite que sea una, dos, tres o todas aquellas que sean necesarias para que, acumuladamente se acredite que al menos el 50 % de las clasificadas participen en la UTE.

Resolución 138/2020, de 23 de octubre, del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi: no puede subsanarse la incompatibilidad entre el contenido de un documento y los términos exigidos en los pliegos, ya que no se trata de un defecto del documento que le impide acreditar suficientemente un requisito, sino, por el contrario, de la acreditación de que dicho requisito no se satisface:su aquietamiento ante la facultad que le otorga el art. 69.8 de la LCSP no puede suponerle al órgano de contratación la obligación de solicitarle subsanación.

Desestimación

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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