Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 490/2023
- Resolución
- 490/2023
- Recurso
- 452/2023
- Fecha
- 13/10/2023
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Adjudicación.
El principio de congruencia obliga al Tribunal a resolver sobre las pretensiones estrictamente ejercitadas.
Improcedencia de atender la denuncia sobre la posible falta de justificación de la viabilidad de la oferta de la entidad ahora adjudicataria realizada en base a meras conjeturas y suposiciones, aludiendo a la imposibilidad de acceso al expediente en sede del órgano de contratación, cuando pudo, en su caso, hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 52 de la LCSP, y solicitar vista de expediente ante este Tribunal, para argumentar, en su caso, el incumplimiento invocado de forma adecuada.
Tampoco en momento alguno a lo largo del recurso, ni en el suplico del mismo, alega la recurrente falta de motivación de la admisión de la oferta de la adjudicataria, limitándose a formular los motivos por los que a su juicio dicha entidad no debió ser admitida a la licitación.
Desestimación.
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