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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 459/2023

Resolución
459/2023
Recurso
407/2023
Fecha
22/09/2023
Resultado
Estimación Parcial
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Adjudicación.

Indebida admisión de la adjudicataria.

Conforme a lo previsto en los pliegos para acreditar la solvencia técnica o profesional se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV, circunstancia que no concurre en la oferta de la adjudicataria. &nbsp.La oferta adjudicataria no está incursa en presunción de anormalidad con arreglo a los parámetros del pliego.

El precio hora ofertado solo significa que es el que se cobrará y facturará al órgano de contratación por los servicios que le preste la adjudicataria, pero dicho precio no tiene por qué coincidir con el coste de esas horas de trabajo para la empresa adjudicataria.

La diferencia entre el precio hora ofertado y el coste hora de trabajo según convenio colectivo no significa que vaya a incumplirse la normativa laboral y convencional: los precios unitarios ofertados han de considerarse en el conjunto o globalidad de la oferta, pudiendo hacerse una oferta más baja en una de las prestaciones o servicios del contrato que pueda compensarse con la realizada en otra partida o componente del mismo.

Estimación parcial.

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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