Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 146/2023
- Resolución
- 146/2023
- Recurso
- 80/2023
- Fecha
- 03/03/2023
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Obras
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
La federación recurrente alega que via mejora se trata de imponer al contratista la ejecución de unas obras gratuitas, con vulneración del principio de determinación del objeto del contrato de la obra principal,  .incumplimiento de los requisitos establecidos para las mejoras en el artículo 145.7 de la LCSP e infracción de los principios de igualdad de trato y libre competencia, generando un efectos distorsionador de la competencia.
Análisis por el Tribunal de la naturaleza de la mejora y  .si la ejecución de la cubierta por tramos que se configura como criterio de adjudicación es una prestación adicional, suficientemente especificada y definida en los pliegos, y vinculada al objeto del contrato.
No se aprecia la vinculación al objeto del contrato y se estima que es una prestación dotada de sustantividad propia y ajena al contrato, no incluida en el proyecto básico y de ejecución por lo que se concluye en el incumplimiento de los requisitos del artículo 145.7 de la LCSP.
Pérdida sobrevenida del segundo motivo del recurso por el dictado de una resolución de rectificación de errores por el órgano de contratación,  .con posterioridad a la interposición del recurso.
Crítica de la falta de ortodoxia de la actuación procedimental.  .Pese a la inadmisión sobrevenida del segundo motivo, la estimación del primer motivo el recurso  .aboca a la nulidad de los pliegos.
Estimación.
Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.
Buscarla en la web del tribunalElaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.