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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 221/2023

Resolución
221/2023
Recurso
192/2023
Fecha
10/05/2023
Resultado
Estimación
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Adjudicación.

Sustantivamente, además de la adjudicación, se recurre la indebida admisión de la UTE adjudicataria.

La documentación presentada por la UTE adjudicataria no se compadece con la exigida en el pliego respecto a la acreditación de la solvencia económica y financiera, en concreto la de tener suscrito un seguro de cubra la responsabilidad que se derive de la ejecución de la actividad con una cobertura mínima.

Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato, de acuerdo con el artículo 140.4 LCSP y las previsiones del propio pliego.

El acuerdo adoptado por la mesa de contratación, en su sesión de 21 de marzo de 2022, de dar por válida la documentación presentada, tras los requerimientos formulados de subsanación, y en su consecuencia admitir la oferta de la adjudicataria, es contraria al clausulado del pliego y vulnera el principio de no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores, previsto en el artículo 1 de la LCSP.

Los pliegos son la ley del contrato entre las partes que, una vez aprobados y aceptados por las licitadoras, vinculan tanto a éstas como al órgano de contratación redactor de sus cláusulas.

Estimación

Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.

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