Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 88/2023
- Resolución
- 88/2023
- Recurso
- 68/2023
- Fecha
- 15/02/2023
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Anuncio de licitación y PCAP. 53 y 56 de la LCSP el órgano de contratación no está habilitado, una vez interpuesto el recurso especial, para revocar o suspender la licitación, sino que es competencia del órgano de resolución del recurso especial competente.
El artículo 28.1 de la LCSP..
Memoria justificativa.
Informe Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado en el Informe 59/2018.
Acuerdo del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato, justificación de los extremos del art. 116.4 LCSP, Resolución 331/2019, de 10 de octubre, la discrecionalidad técnica en la evaluación de las ofertas con arreglo a juicios de valor no puede ser absoluta y debe quedar enmarcada, no solo por los aspectos sujetos a valoración, sino también por unas pautas adecuadas de ponderación, extremo este en el que incide además el nuevo artículo 145.5 b) de la LCSP al establecer que los criterios deben formularse de manera objetiva sin que puedan conferir al órgano de contratación una libertad de decisión ilimitada.
En el supuesto enjuiciado, al no preverse en el criterio qué cualidades, permitirán considerar una oferta como excelente, óptima, buena o mínima, el criterio de adjudicación carece de la concreción necesaria, vulnerando lo dispuesto en el citado precepto legal.
Arraigo territorial: La cuestión principal es si en los pliegos se halla debidamente justificado, artículo 28.1 y el artículo 116.4 c) y e) de la LCSP.
Certificados ISO: infringe la doctrina establecida al efecto en la interpretación de la normativa de aplicación, por lo que debe estimarse este punto del recurso: no pueden admitirse como criterios de adjudicación características relacionadas con la capacidad técnica, económica o profesional de los licitadores, especialmente los referidos a las características de la empresa, como los certificados contemplados en el PCAP.
Plan de igualdad y ambulancia de reserva falta de vinculación con el objeto del contrato, no justificación.
Incumplimiento del art. 130 4 LCSP.
Estimación.
Este tribunal no publica el documento de esta resolución con una dirección propia. Puedes encontrarlo en su web con el número de resolución.
Buscarla en la web del tribunalElaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.