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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 29/2023

Resolución
29/2023
Recurso
18/2023
Fecha
27/01/2023
Resultado
Desestimación
Acto recurrido
Actos de trámites cualificados
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Exclusión. 150.2 de la LCSP &nbsp.plazo de diez días hábiles, sin hacer referencia a la posibilidad de subsanación y sin prohibirla o excluirla. &nbsp.Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en su artículo 81, y la LCSP, en el artículo 141.2 párrafo segundo, tiene una regulación especial sobre el plazo de subsanación, que lo fija en tres días.

La posibilidad de subsanación se ha otorgado de forma legal, sin que quepa otro plazo de subsanación sobre el trámite de subsanación ya realizado.

La aportación en vía de recurso de información o documentación que no fue presentada en el momento procedimental oportuno no puede admitirse.

Resolución 119/2020, de 21 de mayo, y 138/2021, de 15 de abril, en las que se cita la 386/2019.

Desestimación

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De dónde salen estos datos

Elaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.