Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 451/2021
- Resolución
- 451/2021
- Recurso
- 250/2021
- Fecha
- 11/11/2021
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Adjudicación
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Lex inter partes o lex contractus.
Sobre la falta de notificación de un requerimiento para justificar oferta en presunción de anormalidad (Mal llamada baja temeraria). 52 de la Directiva 2O14/24/UE, medios de información y comunicación electrónicos : principal finalidad, la eficiencia, la celeridad y la transparencia de los mismos.
DA 15ª LCSP medios de comunicación utilizables: dirección electrónica habilitada o mediante comparecencia electrónica.
Cómputo de plazos: fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica.
Art. 149.4 LCSP y Anexo I, 8.2 PCAP: Forma de presentación, herramientas de la PCSP para la fase de licitación electrónica o presentación de ofertas por parte de los licitadores, y la PCSP o la sede electrónica de la Diputación para resto de los trámites de la contratación electrónica, incluidas las comunicaciones con los licitadores.
La PCSP no es la única plataforma habilitada a efectos de notificaciones, según el art 63 de la LCSP, está alojado el Perfil de Contratante de la Diputación y es obligatoria la publicación de anuncios de los expedientes de contratación, pero no es el medio exclusivo para efectuar las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos.
La notificación 149.4 LCSP, y 63.3 de la LCSP no debe necesariamente publicarse en el perfil de contratante.
Desestimación.
Elaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.