Saltar al contenido

Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 272/2021

Resolución
272/2021
Recurso
450/2020
Fecha
08/07/2021
Resultado
Desestimación
Acto recurrido
Adjudicación
Tipo de contrato
Servicio

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Adjudicación.

La entidad adjudicataria no desvela en el sobre 2 información susceptible de valoración conforme a criterios de evaluación automática.

Las referencias incluidas en aquel sobre son una exigencia mínima que debe cumplir cualquier licitador que presente oferta en el lote.

No se aprecia indebida valoración de la oferta de la recurrente en el sobre 2: el escrito de impugnación aduce sin mayores razonamientos que la proposición de la recurrente ha recibido menor puntuación por no mencionar las instalaciones de que dispone.

Tal afirmación, sin mayor análisis ni prueba que la fundamente, no acredita por sí sola error ni arbitrariedad en la valoración de la oferta, ni prueba que la menor puntuación recibida obedezca solamente a esa causa. además, el criterio de adjudicación valora la idoneidad de espacios e instalaciones, por lo que si ninguna mención se hace a los mismos en la oferta difícilmente podría efectuarse una evaluación de su idoneidad.

Desestimación.

Ver la resolución original

De dónde salen estos datos

Elaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.