Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 248/2021
- Resolución
- 248/2021
- Recurso
- 211/2021
- Fecha
- 17/06/2021
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Inadmisión de la oferta de un licitador no invitado al procedimiento negociado sin publicidad previsto en el artículo 168 a) 1º de la LCSP.
El órgano de contratación ha decidido invitar a todos los licitadores que participaron en el inicial procedimiento abierto, pero ello no puede entenderse en el sentido de que solo y exclusivamente aquellos sean los que pueden participar en el negociado y menos aún, en el sentido de que si un candidato no invitado solicita participar e incluso presenta oferta, como es el caso, esta deba ser rechazada o inadmitida.
Aplicación de las reglas comunes del procedimiento negociado sin publicidad.
El postulado legal del artículo 168 b) 2º de la LCSP de incluir a todos los licitadores del procedimiento antecedente en la negociación -y solo a estos según mandata la Directiva 2014/24/UE en su artículo 26.4 b)- únicamente es predicable del procedimiento negociado previsto en el artículo 167 e), como forma de evitar la publicidad obligatoria del anuncio.
Estimación.
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